Acuerdo sobre la Directiva Marco de Aguas
El proceso de conciliación entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre la
Directiva Marco de Aguas terminó finalmente a las 13.30 h. del 29 de junio. La
Directiva establece un marco para la hasta ahora fragmentada legislación en
esta materia y dirigida a proteger las aguas superficiales, costeras,
territoriales y subterráneas. La ponente, Marie-Noëlle Lienemann (PES, F), ha
preparado el encuentro en triálogo con el Consejo y la Comisión, para poder
alcanzar compromisos en todas las cuestiones clave. Tanto la ponente como los
dos portavoces, James Provan (EPP-ED, UK) y Pedro Silva Pereira, el Secretario
de Estado Portugués para Usos del Suelo y Conservación de la Naturaleza,
fueron felicitados por el éxito de las negociaciones.
Los principales compromisos adquiridos fueron los siguientes:
Aplicabilidad legal de la Directiva
Con respecto a la naturaleza obligatoria de los objetivos establecidos en el
artículo 4 de la Directiva, la posición común del Consejo fue extremadamente
débil: los Estados miembros estaban obligados sólo a "aspirar a
conseguir" los objetivos. La principal prioridad del Parlamento a través
del proceso de conciliación consistió en asegurar la aplicabilidad legal de la
directiva.
El compromiso alcanzado sigue casi por completo los principios establecidos en
las enmiendas de la segunda lectura por el Parlamento. La redacción de las
diferentes obligaciones ahora dice "Los Estados miembros harán ... ".
La delegación del Parlamento rechazó resueltamente -y con éxito- los últimos
intentos de suavizar las obligaciones añadiendo las palabras "donde sea
posible" a los diferentes puntos.
Eliminación de las sustancias peligrosas
La eliminación de sustancias peligrosas (que no estaba incluida en la posición
común del Consejo) figurará ahora en la Directiva. La emisión de sustancias
peligrosas debe cesar o ser reducida progresivamente como muy tarde a los 20
años de su identificación como sustancias peligrosas. Al final el Consejo
aceptó incluso un plazo para su eliminación. En tanto que el Parlamento había
insertado en la segunda lectura una prohibición sobre la emisión de sustancias
radioactivas, el compromiso alcanzado acordó que éstas estuvieran incluidas
como sustancias peligrosas y que no se precisaba su mención explícita.
Protección de las aguas subterráneas
Para garantizar los niveles existentes de protección de las aguas
subterráneas, los Estados miembros deben emprender todas las medidas necesarias
para prevenir el deterioro del estado de todos los acuíferos y prevenir o
limitar la entrada de contaminantes en las aguas subterráneas.
En el plazo de 24 meses, la Comisión presentará un borrador de "Directiva
hermana" referente a la reversión de las tendencias al alza en materia de
contaminación de aguas subterráneas. Ésta definirá las medidas para
conseguir los objetivos del buen estado químico de las aguas subterráneas.
Estas medidas incluirán los criterios para controlar el buen estado químico de
las aguas subterráneas y para identificar las tendencias en alza que sean
significativas y sostenidas así como la definición de los puntos de partida
para invertir las tendencias.
En ausencia de tales criterios a escala comunitaria, los Estados miembros
presentarán borradores de criterios nacionales. A modo de "red de
seguridad", se acordó que, en ausencia de criterios nacionales, los
Estados miembros asumirán, como punto de referencia práctica para establecer
medidas dirigidas a asegurar la reversión de las tendencias, una cifra máxima
del 75% del nivel de los estándares aplicables establecidos para las aguas
subterráneas en la legislación comunitaria existente.
El precio del agua
El precio del agua fue un problema en tanto que Irlanda es el único Estado
miembro que no cobra a los usuarios conforme al volumen de agua de saneamiento y
suministro, aunque financia estos servicios por la vía de los impuestos. La
Directiva pide a los Estados miembros que tengan en cuenta el principio de
recuperar los costes de los servicios de aguas, incluyendo los costes
ambientales y de los recursos, de acuerdo con el principio de "quien
contamina, paga". Los Estados miembros deben asegurar que antes del 2010
las políticas de fijación del precio del agua incentiven adecuadamente a los
usuarios a utilizar el recurso agua de manera eficiente. A modo de derogación
para resolver el así llamado "problema irlandés", los Estados
miembros pueden sin embargo salvar esta obligación basándose en prácticas
nacionales establecidas.
Fuente: News report, 29/6/2000. Parlamento Europeo.
Traducción propia.
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