Acuerdo sobre la Directiva Marco de Aguas


El proceso de conciliación entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre la Directiva Marco de Aguas terminó finalmente a las 13.30 h. del 29 de junio. La Directiva establece un marco para la hasta ahora fragmentada legislación en esta materia y dirigida a proteger las aguas superficiales, costeras, territoriales y subterráneas. La ponente, Marie-Noëlle Lienemann (PES, F), ha preparado el encuentro en triálogo con el Consejo y la Comisión, para poder alcanzar compromisos en todas las cuestiones clave. Tanto la ponente como los dos portavoces, James Provan (EPP-ED, UK) y Pedro Silva Pereira, el Secretario de Estado Portugués para Usos del Suelo y Conservación de la Naturaleza, fueron felicitados por el éxito de las negociaciones.

Los principales compromisos adquiridos fueron los siguientes:

Aplicabilidad legal de la Directiva

Con respecto a la naturaleza obligatoria de los objetivos establecidos en el artículo 4 de la Directiva, la posición común del Consejo fue extremadamente débil: los Estados miembros estaban obligados sólo a "aspirar a conseguir" los objetivos. La principal prioridad del Parlamento a través del proceso de conciliación consistió en asegurar la aplicabilidad legal de la directiva.

El compromiso alcanzado sigue casi por completo los principios establecidos en las enmiendas de la segunda lectura por el Parlamento. La redacción de las diferentes obligaciones ahora dice "Los Estados miembros harán ... ". La delegación del Parlamento rechazó resueltamente -y con éxito- los últimos intentos de suavizar las obligaciones añadiendo las palabras "donde sea posible" a los diferentes puntos.

Eliminación de las sustancias peligrosas

La eliminación de sustancias peligrosas (que no estaba incluida en la posición común del Consejo) figurará ahora en la Directiva. La emisión de sustancias peligrosas debe cesar o ser reducida progresivamente como muy tarde a los 20 años de su identificación como sustancias peligrosas. Al final el Consejo aceptó incluso un plazo para su eliminación. En tanto que el Parlamento había insertado en la segunda lectura una prohibición sobre la emisión de sustancias radioactivas, el compromiso alcanzado acordó que éstas estuvieran incluidas como sustancias peligrosas y que no se precisaba su mención explícita.

Protección de las aguas subterráneas

Para garantizar los niveles existentes de protección de las aguas subterráneas, los Estados miembros deben emprender todas las medidas necesarias para prevenir el deterioro del estado de todos los acuíferos y prevenir o limitar la entrada de contaminantes en las aguas subterráneas.

En el plazo de 24 meses, la Comisión presentará un borrador de "Directiva hermana" referente a la reversión de las tendencias al alza en materia de contaminación de aguas subterráneas. Ésta definirá las medidas para conseguir los objetivos del buen estado químico de las aguas subterráneas. Estas medidas incluirán los criterios para controlar el buen estado químico de las aguas subterráneas y para identificar las tendencias en alza que sean significativas y sostenidas así como la definición de los puntos de partida para invertir las tendencias.

En ausencia de tales criterios a escala comunitaria, los Estados miembros presentarán borradores de criterios nacionales. A modo de "red de seguridad", se acordó que, en ausencia de criterios nacionales, los Estados miembros asumirán, como punto de referencia práctica para establecer medidas dirigidas a asegurar la reversión de las tendencias, una cifra máxima del 75% del nivel de los estándares aplicables establecidos para las aguas subterráneas en la legislación comunitaria existente.

El precio del agua

El precio del agua fue un problema en tanto que Irlanda es el único Estado miembro que no cobra a los usuarios conforme al volumen de agua de saneamiento y suministro, aunque financia estos servicios por la vía de los impuestos. La Directiva pide a los Estados miembros que tengan en cuenta el principio de recuperar los costes de los servicios de aguas, incluyendo los costes ambientales y de los recursos, de acuerdo con el principio de "quien contamina, paga". Los Estados miembros deben asegurar que antes del 2010 las políticas de fijación del precio del agua incentiven adecuadamente a los usuarios a utilizar el recurso agua de manera eficiente. A modo de derogación para resolver el así llamado "problema irlandés", los Estados miembros pueden sin embargo salvar esta obligación basándose en prácticas nacionales establecidas.

Fuente: News report, 29/6/2000. Parlamento Europeo.
Traducción propia.

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